- Permite al usuario siempre que cumpla con ciertas condiciones (cumplir con ciertos indicadores, aumento de empleo, descentralización geográfica, tecnologías limpias, etc), exonerar su actividad de Impuesto a la Renta, Impuesto al Patrimonio (de los bienes incorporados al proyecto), IVA, retenciones sobre dividendos, etc.
- A los extranjeros que vengan a trabajar a zonas francas tributarán como no residentes en rentas de trabajo, lo que implica tributar un 12% sobre sus rentas de trabajo sin aplicar mínimo no imponible, en vez de pagar como residentes: tasas progresivas del 10 al 36% con mínimo no imponible.
- Tasa de Traiding (tasa efectiva de IRAE 0,75% de la diferencia entre precio de compra y precio de venta) para la actividad de compra venta de mercaderías, siempre que las mercaderías no tengan origen ni destino Uruguay ni toquen suelo Uruguayo.
- Mayor inconveniente: seguridad social en nuestro país es superior al 30% entre aporte personal y patronal.
La información fue obtenida de la publicación de El Observador:
Este artículo lo puede ver en este link: “Las zonas francas siguen siendo atractivas para el inversor extranjero”
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