Mostrando entradas con la etiqueta jurada. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta jurada. Mostrar todas las entradas

Declaración jurada en DGI por sucesión - Plazo de pago y presentación de la declaración.

Para el pago y presentación en la DGI de la declaración jurada por el pago del ITP en las sucesiones tenemos 1 año de plazo. En caso de no hacerlo, debemos calcular las multas y recargos en el simulador on line de la DGI y por la presentación fuera de plazo de la declaración jurada, debemos pagar aprox $ 320, si se presenta dentro de los 30 días de vencido el plazo, $ 340 si han pasado 2 meses y $ 400 si pasaron 3 meses o más; el pago de la multa por presentación fuera de plazo de la declaración jurada lo hacemos en otro recibo de multas y recargos, colocamos el monto en el item multa y ponemos el mes y el año del fallecimiento. Ahora bien, la DGI no considera el mes civil, por ejemplo la persona falleció el 4 de julio de 2014; el plazo vence el 4 de julio de 2015 y no el 31 de julio de 2015. La declaración jurada la hacemos a nombre de cualquiera de los presuntos herederos.

Mejoras a ser descontadas del IRPF del enajenante.

Las mejoras que se quieran descontar del IRPF debemos pedir al Escribano de la parte enajenante que tome una declaración jurada de los enajenantes, en la cual deben constar: A)Datos personales de los enajenantes; B) Derecho que tienen sobre el inmueble y Descripción y deslinde del inmueble objeto de la compraventa y C)En el referido inmueble se realizaron mejoras entre el … y … que ascienden a la suma de pesos uruguayos … ($U …) las que se encuentran debidamente documentadas. AA y BB (enajenantes) fueron advertidos de la incidencia penal de la declaración jurada. Solicita al Escribano … que certifique las firmas puesta al pie de este documento. Por otro lado en la compraventa o cesión: Declaraciones del enajenante: ..., e)bajo juramento que en el bien se realizaron mejoras entre el … y … que ascienden a la suma de pesos uruguayos … ($U …) las que se encuentran debidamente documentadas. Constancias: ... G) Tuve a la vista declaración jurada de los cedentes respecto a las mejoras realizadas en el inmueble de fecha … , expedida por el Escribano … en Montevideo el … que establece el monto de las mejoras realizadas. IMPORTANTE: Nos guardamos la declaración jurada, ya que eso respaldará el monto retenido por IRPF que hemos hecho.