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Declaración jurada en DGI por sucesión - Plazo de pago y presentación de la declaración.

Para el pago y presentación en la DGI de la declaración jurada por el pago del ITP en las sucesiones tenemos 1 año de plazo. En caso de no hacerlo, debemos calcular las multas y recargos en el simulador on line de la DGI y por la presentación fuera de plazo de la declaración jurada, debemos pagar aprox $ 320, si se presenta dentro de los 30 días de vencido el plazo, $ 340 si han pasado 2 meses y $ 400 si pasaron 3 meses o más; el pago de la multa por presentación fuera de plazo de la declaración jurada lo hacemos en otro recibo de multas y recargos, colocamos el monto en el item multa y ponemos el mes y el año del fallecimiento. Ahora bien, la DGI no considera el mes civil, por ejemplo la persona falleció el 4 de julio de 2014; el plazo vence el 4 de julio de 2015 y no el 31 de julio de 2015. La declaración jurada la hacemos a nombre de cualquiera de los presuntos herederos.

Pago de ITP en sucesiones

El boleto de pago del ITP (IMpuesto a las Trasmiciones Patrimoniales) de la sucesión debe estar a nombre de un presunto heredero; de no pagarse en fecha (una año del fallecimiento del causante)  hay multas que comienzan desde el 20%. (1 año para el pago). Si la declaración se presenta fuera del plazo (1 año del fallecimiento del causante) solo debe pagarse una multa (unos 400 a hoy aprox.)